Llámenos al  663 738 625
Gestión de Infraestructuras y Edificación
Informe de
Evaluación de Edificios
Inspección Técnica de Edificios, accesibilidad y certificación de eficiencia energética.
Servicio de
Mantenimiento
Ofrecemos servicio integral de mantenimiento de todas las instalaciones del edificio, climatización, sistemas de protección contra incendios y eléctrica.

Servicios. Informe de Evaluación de Edificios

El informe de evaluación de edificio, trata de asegurar la calidad y sostenibilidad del parque edificado, así como obtener información del nivel de calificación energética de las viviendas y de los edificios.

Según Real decreto 235/2013, de 5 abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.

 

1. Estado de Conservación

La primera parte del Informe de Evaluación de Edificios IEE, trata de la inspección y evaluación del edificio en lo referente a su estado de conservación.

El objeto es prácticamente idéntico a la antigua inspección técnica de edificios ITE, se evalúa el estado de conservación del edificio así como el estado de seguridad constructiva.

En este apartado del informe de evaluación se describen las medidas preventivas a adoptar en caso de detectarse riesgos de seguridad que puedan afectar a los habitantes, usuarios o terceras personas. Riesgos por desprendimientos, necesidades de apuntalamientos, fugas de agua,...

 

2. Accesibilidad

El informe de evaluación en su parte II, trata de la evaluación de la adaptación de el inmueble inspeccionado a las condiciones de accesibilidad descritas en el documento DB-SUA del código técnico de la edificación.

 

3. Eficiencia Energética

El informe de evaluación su parte III, trata una la certificación de su edifico respecto a la eficiencia energética.

Tras su aprobación el 5 de abril de 2013, a partir del 1 de juni de 2013 la cetificación de eficiencia energética (CEE) será necesaria para vender o alquilar.

Esta Certificación de Eficiencia Energética se debe realizar con anterioridad a la venta o alquiler del inmueble, puesto que será información fundamental que deba conocer el futuro comprador o inquilino.

 

4. Obligatoriedad

Se debe realizar la evaluación los edificios de tipología residencial colectiva que cuenten con una antigüedad igual o superior a cincuenta años.

No obstante, independientemente, de la antigüedad del edificio, las comunidades de propietarios que pretendan cometer la rehabilitación del edificio solicitando rehabilitación protegida, deberán contar con el Informe de Evaluación de Edificios.

 

5. Subvenciones

En el Real Decreto 233/2013 por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016 se incluye un programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios en el que se reflejan las siguientes ayudas:

  • Las ayudas consisten en una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales por la emisión de el IEE Informe de Evaluación de los Edificios, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, 500 euros como máximo, sin superar el 50% del coste del informe por edificio.
  • Para la obtención de la ayuda, se debe presentar el Informe de evaluación del edificio IEE, con los contenidos que figuran en el modelo de IEE. Deberá aportarse también la correspondiente factura de honorarios, original o copia, emitida por el profesional que hubieren realizado el informe.
  • El informe debe contener, de manera detallada, los aspectos relacionados en modelo de IEE aportado en el Real Decreto en relación con el análisis del estado de conservación del edificio, la determinación de si el edificio es susceptible o no de incorporar ajustes razonables en materia de accesibilidad y la certificación de la eficiencia energética.
  • Cuando, en el municipio o en la Comunidad Autónoma en que se sitúa el edificio objeto de este informe, exista normativa que desarrolle un modelo propio de Inspección Técnica de Edificios, o instrumento análogo, que incluya todos los aspectos que forman parte del modelo de IEE, se admitirá dicho modelo en sustitución de éste, siempre que esté suscrito por técnico competente. En los casos en que la información que aporten sólo responda parcialmente al modelo de IEE, se incorporará directamente y se cumplimentará el resto.
POLÍGONO INDUSTRIAL CAMPOLLANO, C/ D 62. - ALBACETE
TLF: 663 738 625
EMAIL: INFO@GESINED.COM
GESINED MANTENIMIENTO S.L. - 2013 | POLITICA DE PRIVACIDAD | POLÍTICA DE CALIDAD Y MEDIO AMBIENTE